En este artículo, la autora María T. Pérez Rivera discute la Regla de Necesidad, como excepción al principio general que establece que un juez no puede adjudicar un caso o controversia cuando su parcialidad esté comprometida. La autora discute que se debe realizar un balance de intereses para determinar el alcance de la aplicación de la referida regla. Particularmente, la autora nos invita a reflexionar sobre ese balance de intereses tomando en consideración, por un lado, la obligación de los jueces de inhibirse de los procesos adjudicativos cuando su parcialidad esté comprometida y, de otro lado, el deber constitucional de los jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico de resolver casos o controversias como máximos intérpretes de la ley.